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Es un tema esencial y de vital importancia que cualquier persona que desee acrecentar sus bienes económicos debe tener presente, así como, para conservar su inversión, las fuentes de empleos, y enfrentar los diversos escenarios a los que se ven involucrados, por lo que en esta ocasión nos abocamos a la importancia que tiene el Órgano de Administración: Desde que nos encontramos en un mercado global, muchos intentos se han realizado para homologar los mecanismos regulatorios del Gobierno Corporativo en México, referencia que se obtiene desde la publicación en el año de 1999 de los “Principios de la OCDE para el Gobierno de las Sociedades”, el cual ha sido tomado como base para la constituir un marco regulatoria para tal fin.

Ante tal situación se constituye el Comité de Mejores Prácticas Corporativas, quien creó el Código de Mejores Prácticas Corporativas, revisada en abril de 2010, por el Consejo Coordinador Empresarial, en el cual se puede apreciar de mejor manera la intención de transparentar y establecer mecanismos democráticos para un buen gobierno corporativo.

En tal virtud, el Consejo de Administración como un órgano esencial en toda sociedad, ya sea de naturaleza civil o mercantil, es quien define las estrategias, acciones, actividades para la realización del objeto social. Mientras desde el punto de vista operativo, el Director General da soporte a las actividades más relevantes de la sociedad con una postura de autoridad y responsabilidad de los lineamientos adoptados en dicho órgano.

Luego entonces, es de vital importancia lo que acontezca en el seno y forma de conducirse en él. Resulta necesario puntualizar, la obligación de transparentar la información de las actividades y operaciones, a excepción de las de carácter confidencial, frente a la Asamblea de Accionistas que facilite la comunicación efectiva entre dichos órganos y se tomen las decisiones objetivas en función de lo que se presente. Conforme al Código de Comercio, la Ley General de Sociedades Mercantiles, y el Código de Mejores Prácticas Corporativas a manera de corolario, tienen las siguientes obligaciones principalmente:

Establecer mecanismos para la elección o modificación de la forma legal de la sociedad.

• Integración optima del Consejo de Administración, en calidad de propietarios o independientes.

• Organizar y maximizar el valor de la empresa. Fomentar certidumbre y confianza en los negocios. • Establecer mecanismos para un trato igualitario, transparente y protección de los intereses entre accionistas.

• Establecer medidas de prevención y disminución del riesgo.

• Promover un Plan Formal de Sucesión para el Director General y los funcionarios de alto nivel.

• Cumplimiento irrestricto de todas las disposiciones de la ley y demás ordenamientos jurídicos en materia empresarial.

• Implementación de las funciones básicas, de auditoría, evaluación, planeación y finanzas. Por lo que debe establecerse como prioridad dar cumplimiento al Gobierno Corporativo en todas las sociedades, por ser la fuente de dirección y consecución del objeto social de toda empresa.