Como empleadores, nos hemos preguntado si ¿el home office es para todos los negocios? y es que ha ido incrementando su popularidad en el mundo laboral, de acuerdo con una nota publicada por la bolsa de trabajo indeed, el 69% de los trabajadores prefieren laborar en una modalidad híbrida, es decir, alternar el empleo presencial con el virtual.

El home office puede ofrecer beneficios como la flexibilidad que ayudan a mantener motivados a los empleados y reducir la rotación del personal. Por otra parte, el trabajo presencial brinda más oportunidades de aprendizaje, en un artículo del Economista citan que el 80% de los ejecutivos en Latinoamérica cree que la cultura de aprendizaje es mejor “trabajando codo a codo, no remotamente”. En la Asociación Mexicana de Franquicias (AM) nos interesamos por brindarles a nuestros socios todo lo que necesitan saber sobre las franquicias en la era del home office.

El Home Office y la nueva NOM-037

Actualmente, existen franquicias que han elegido adoptar esta modalidad de teletrabajo, sobre todo en sectores como servicios en línea, tecnología, consultoría, educación, entre otros. Otras, optan por solo  brindar trabajo en casa a puestos con roles en el desarrollo de software, consultoría, marketing digital, contabilidad, servicios legales, servicios en línea y atención al cliente.

Si eres alguna de las anteriores, debes conocer la nueva NOM-037 que regula el home office en México, publicada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Esta norma entrará en vigor el 5 de diciembre de 2023 y aplicará a las empresas que cuenten con empleados que laboran más del 40% de su tiempo bajo la modalidad de teletrabajo. A grandes rasgos, en esta se establece que los empleadores deben:

  1. Disponer a los empleados conexión para usar las TIC.
  2. Asegurarse de que los empleados cuenten con condiciones de seguridad y salud en el trabajo; como iluminación, ventilación y ergonómicas.
  3. Garantizar el derecho a la privacidad, y no interferir en la relación trabajo– familia.
  4. Establecer los horarios de trabajo, incluir pausas para el descanso y a la desconexión de los empleados.

¿El Home Office es obligatorio?

El trabajo en casa no es forzoso para ninguna empresa, incluso si decides implementarlo y posteriormente deseas realizar el cambio al trabajo presencial, puedes hacerlo. Lo anterior, se le conoce como reversibilidad, la cual podrá realizarse temporal o permanente, siempre y cuando las empresas y/o franquicias establezcan cuáles serán los mecanismos para aplicar, de acuerdo con lo previsto en el artículo 330-G de esta Ley.

Aunque el comercio electrónico ha ganado popularidad en los últimos años, la ubicación física sigue siendo esencial para restaurantes y tiendas minoristas debido a la experiencia del cliente, la logística, el almacenamiento, la interacción personalizada y la socialización. Además, trabajar en una ubicación física, tiene algunos beneficios como:

  1. Comunicación efectiva.
  2. Colaboración y trabajo en equipo.
  3. Construcción de relaciones.
  4. Mayor enfoque y productividad.

Si eres franquiciante y estás considerando entrar en la era del home office o bien, prefieres seguir con la modalidad presencial, es crucial reconocer que ambos enfoques tienen grandes ventajas. Al elegir entre el trabajo remoto y el presencial, asegúrate de seleccionar la opción que mejor se alinee con tus objetivos. Te recomendamos evaluar tus necesidades, las características de tu franquicia y las expectativas de tus clientes.

Lo más importante es tomar una decisión informada que se adapte mejor a tu modelo de negocio. Es por eso que, en la Asociación Mexicana de Franquicias AM contamos con el programa AMF Contigo en donde, les brindamos a nuestros colaboradores, capacitaciones y pláticas que apoyan a las franquicias en sus objetivos organizacionales. Los invitamos a que conozcan más sobre esta labor en nuestra nota sobre la Capacitación AMF en materia laboral a marcas franquiciantes.

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